Vertidos Ilegales en la Estación de la Navata

20150122_174840-1Desde Octubre de 2014 en La Estación de La Navata se están abandonando escombros y vertidos procedentes de las obras de asfaltado público y mejora de las aceras que el Ayuntamiento de Galapagar inició en esa fecha.  Ésto sucede tras la valla rota que separa la Carretera de La Navata y las vías del tren, en el tramo comprendido entre el restaurante El Tablao y el puente bajo el que pasa el tren.  Al parecer la empresa encargada de la obra lleva más de 4 meses utilizando este lugar para deshacerse de los residuos, en vez de contratar contenedores, como obliga la ley. Mientras tanto la Concejalía de Obras Públicas, Mantenimiento Urbano,Medio Ambiente y Sanidad no se da por aludida y descuida sus funciones.

El pasado 22 de Enero a las 17:30 horas un vecino pudo ver y fotografiar a un camión vertiendo los escombros procedentes de las obras en ese preciso lugar, que es propiedad de ADIF. Ésto es lo que sucedió según cuenta él mismo

20150122_174827«Al hacerles fotos el conductor envió a su ayudante a comunicarme que estaba prohibido hacer fotos. Como hice caso omiso el conductor tapó la matrícula delantera con un trapo. Como seguí haciendo fotos salió corriendo del camión tras de mi. Como no me daba alcance comenzó a tirar piedras.»

«Los hechos han sido denunciados en la Guardia Civil y una patrulla visitó el emplazamiento. Me han dicho que es un asunto entre dos particulares, aunque haya fotos, por lo que no prosperará.»

Ésta es otra de las tristes evidencias que confirman la dejadez del Ayuntamiento en sus funciones, y su afán por hacer muchas obras justo antes de las elecciones para quedar bien, pero sin preocuparse de que se hagan bien. Una dejadez que acabamos pagando todos, con nuestros impuestos, perdiendo calidad de vida, cuando ensucian el medio ambiente y nuestro entorno…

 

Aquí dejamos copia de algunas de las leyes que regulan los residuos, en un intento de facilitar el trabajo a quien competa:

La Ley 5/2003 de Residuos de Madrid establece

Artículo 41 sobre residuos de construcción

– Los productores de residuos deben de comunicar al Ayuntamiento, entre otras cosas, el destino de los mismos

– El Ayuntamiento no puede conceder autorizaciones en el caso de que el solicitante no acredite suficientemente el destino de los residuos

– El Ayuntamiento establecerá los mecanismos de control para garantizar la correcta gestión de los residuos generados en su término municipal

– El productor de residuos debe depositar previamente una fianza en proporción al volumen de residuos a generar

En su artículo 54 en relación con los residuos de construcción:

– Los transportistas de residuos de construcción deben estar inscritos en el Registro de de Transportistas de residuos

– Los contenedores utilizados para el transporte deben indicar los datos que permitan identificar a la empresa

Ordenanza municipal de residuos de Galapagar

Artículo 40.5. Los productores/poseedores de estos residuos están obligados, siempre que no los gestiones por si mismos, a entregarlos a un gestor autorizado

Artículo 39.3. La gestión adecuada de estos residuos supone su entrega a un gestor autorizado

Artículo 43. Está prohibido su vertido en terrenos públicos siempre que no hayan sido expresamente autorizados para tal actividad. Está prohibido el vertido en terrenos privados, aun cuando se disponga de autorización expresa del titular, si no existe autorización de la autoridad competente.

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